Micelio
Auto29 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Margarita Cabello Blanco·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por la Procuradora General de la Nación para rendir concepto en la demanda de inconstitucionalidad de la referencia.

La funcionaria consideró que estaba incursa en la causal de impedimento prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991 consistente en haber intervenido en la expedición de la norma objeto de control.

Ello, porque en su otrora condición de Ministra de Justicia y del Derecho, suscribió la Ley 2014 de 2019, que modificó el literal j) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993.

Según lo dispuesto en el artículo 17.3 del Decreto Ley 262 de 2000, la Sala Plena de la Corporación ACEPTÓ el impedimento y dispuso correr traslado al Viceprocurador General de la Nación, por el término que resta al otorgado inicialmente a la Procuradora General de la Nación, para que rinda el concepto respectivo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos.
  2. SEGUNDO. ACEPTAR el impedimento presentado por la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, para emitir el concepto del que trata el artículo 278 de la Constitución Política, en el expediente D-15082.
  3. TERCERO. Por medio de la Secretaría General, CORRER TRASLADO al Viceprocurador General de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente a la Procuradora General de la Nación, para que rinda el concepto correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.